Condiciones generales

Responsabilidad

La responsabilidad del transportista incumbe a la empresa que realiza efectivamente el servicio. La empresa transportista no responderá de los incumplimientos que no le sean directamente imputables, ni de los producidos por caso fortuito, fuerza mayor, o por atender exigencias legales o administrativas. Del mismo modo, no se hace responsable de las pérdidas de enlace de sus servicios con otros transportes, propios o ajenos.

Equipaje

El viajero tiene derecho a transportar gratuitamente hasta 30 Kgs. de equipaje. El exceso deberá ser abonado según la cuantía que por tarifa corresponda. En caso de facturación del equipaje, la empresa hará entrega del correspondiente resguardo.

En caso de pérdida o deterioro del equipaje transportado, será imprescindible efectuar la reclamación inmediatamente a la llegada, exhibiendo el billete y en su caso, el resguardo de facturación.

La responsabilidad del transportista estará limitada como máximo a 14,50 Euros por kg. (Art. 3 R.D. 1136/1997). El transportista no responderá de los daños, pérdidas o averías que sufran los bultos de mano u otros objetos no confiados a su custodia.

El equipaje deberá transportarse en la bodega del autobús, pudiéndose portar objetos de pequeño volumen o bultos de mano, siempre que no supongan molestias y peligro para otros viajeros y debidamente colocados en las bandejas de la parte superior de los asientos, nunca en los pasillos o entre las piernas.

Bicicletas

Las bicicletas se deberán facturar para que puedan viajar en el autobús.

La facturación de la bicicleta se hará en la taquilla.

Primero se acomodará el equipaje de los viajeros en la bodega del autobús, y a continuación la bicicleta.

Si no hubiese espacio en la bodega del autobús la bicicleta viajará en el primer autobús en el que pueda ir

La bicicleta deberá estar con las ruedas desmontadas y el cuadro debidamente embalado.

Anulación de billetes

En caso de anulación, se devolverá al viajero el importe del billete deduciendo un 10% si se solicita con al menos 48 horas de antelación a la salida del servicio y un 20% si es solicitada entre las 48 y las 2 horas anteriores a la salida del autobús.

No se procederá a la anulación, ni por consiguiente a la devolución de su importe dentro de las 2 horas inmediatas anteriores a la salida del autocar.

La no presentación del viajero en el lugar y momento de la salida conllevará la pérdida del viaje y no dará derecho al cambio del billete o devolución de su importe.

Cambio de billetes

El cambio en la fecha del viaje solamente es posible si se solicita al menos 2 horas antes del inicio del servicio y estará condicionado a la existencia de plazas disponibles en la nueva fecha solicitada.

Servicio de refuerzos

La Empresa se reserva la posibilidad de realizar el servicio mediante vehículos de empresas colaboradoras cuando las circunstancias así lo requieran, y en particular, para hacer frente a intensificaciones de tráfico.

Menores

Todos los viajeros computan como tales y deberán obtener un billete para viajar en el autobús. En las líneas de La Unión y La Burundesa, cuando un adulto viaje con un niño menor de 4 años, deberá solicitar billete para el mismo el cual se emitirá sin coste alguno.

Los niños menores de 8 años deberán viajar siempre acompañados por adultos. No se admitirá en ningún servicio, a menores de 8 años sin la compañía de un adulto.

A partir de los 8 años cumplidos hasta los 16 años, se admite el transporte de menores sin acompañante en los servicios de transporte regular de uso general con AUTORIZACION de los padres o tutores legales. A partir de los 16 años los menores podrán viajar sin acompañante y sin autorización en nuestros autobuses.

El Documento de Autorización, se puede descargar desde nuestra sección de la página web www.autobuseslaunion.com, sección (información al viajero), (condiciones generales) (menores) o solicitar en cualquier punto de venta. Deberá ser cumplimentado y firmado por los padres o tutores por duplicado antes del viaje, en el momento de la compra del billete, entregando ambas copias en el punto de venta, para su sellado. Estos documentos no tienen validez sin el correspondiente sello de la compañía.

En el momento de acceder al autobús, el menor, junto con el billete, deberá portar el Documento de Autorización firmado por sus padres o tutores y sellado por la compañía. Sin este documento los menores de entre 8 y 15 años que deseen viajar solos en nuestras expediciones no podrán hacerlo.

Animales de compañía

La ley prohíbe el transporte en el interior del vehículo de cualquier animal a excepción de los perros lazarillos. Para el resto de los viajeros que deseen viajar con animales de compañía (perros o gatos) no se dispone de un lugar especialmente habilitado a tal fin sino que se destina la bodega del autobús, lugar para transportar el equipaje de los viajeros. En este caso el animal, que viajará con el resto del equipaje, deberá ir colocado en una jaula acondicionada por el propio viajero, sin que la empresa asuma responsabilidad alguna en caso de daño causado al animal durante el trayecto.

Prohibiciones

Queda absolutamente prohibido fumar en el vehículo (Art. 6 R.D. 1293/1999), así como comer, o toda acción que pueda implicar deterioro o causar suciedad en los vehículos.

Realizar sin causa justificada, cualquier acto susceptible de distraer la atención del conductor o entorpecer su labor cuando el vehículo se encuentre en marcha.

Todo comportamiento que implique peligro para la integridad física de los demás usuarios o pueda considerarse molesto u ofensivo para estos o para el personal de la empresa transportista o de la que preste servicios en la estación de autobuses.

Desatender las indicaciones que formule el personal de la empresa titular de la correspondiente concesión o autorización en relación con la correcta prestación del servicio y las condiciones de seguridad que deban observarse durante el mismo, así como lo indicado a tal fin en los carteles colocados a la vista en los vehículos o estaciones de transporte.

Libro de Reclamaciones

Existe un libro de reclamaciones a disposición del viajero en las taquillas de la compañía.

Normativa descuento familia numerosa

Los viajeros que acrediten su condición de familia numerosa tienen derecho al correspondiente descuento en la compra de su billete: 20% en el caso de familias de categoría general y 50% para las de categoría especial. Estos descuentos son acumulables a otros descuentos y promociones existentes.

Canales de Compra: Podrás adquirir tus billetes con el correspondiente descuento en:

1. Los puntos de venta de ALU y BURUNDESA presentando la documentación pertinente (Carnet de Familia Numerosa actualizado (fecha vigente) junto con DNI o pasaporte).

2. Kiosko autoventa. Es imprescindible para acceder al autobús la presentación al conductor de la documentación acreditativa que confiere el derecho al descuento.

3. A bordo del autobús. Es imprescindible para acceder al autobús la presentación al conductor de la documentación acreditativa que confiere el derecho al descuento.

Documentación: Te recordamos que si adquieres un billete con descuento por familia numerosa deberás presentar en el momento de la compra la documentación acreditativa de la misma y portarla durante el viaje.

La documentación que acredita la condición es: carnet o título de familia numerosa actualizado junto con DNI o pasaporte de cada uno de los beneficiarios de dicho carnet.

Si son menores y no disponen de DNI o pasaporte se presentará el libro de familia original o copia compulsada.

Importante: Para la utilización de este tipo de billetes es imprescindible que el viajero disponga del documento vigente que acredite que es el beneficiario de dicho descuento. En caso de incumplir este requisito, el personal de conducción tiene la obligación de impedir la utilización del billete y en ningún caso se podrá abonar la diferencia económica teniendo que adquirir otro billete completo si se desea viajar.

Accesibilidad Universal

Elementos técnicos: los autobuses deberán disponer de los elementos técnicos necesarios para facilitar en todas sus expediciones el acceso al servicio de personas con movilidad reducida para lo que se dispone de rampas PMR y los cuatro primeros asientos disponibles y diferenciados del resto con preferencia para otras personas con movilidad reducida circunstancial o permanente.

Se considerarán PMR a efectos de utilización de plazas y espacios reservados en el interior de los autobuses, las siguientes personas usuarias:

  • Personas que se desplazan en silla de ruedas.
  • Personas con dificultades de tipo sensorial (visión, audición, habla), intelectual o con importantes dificultades para utilizar un servicio de transporte convencional
  • Personas que por factores antropométricos (obesas, extremadamente altas o bajas) u otras enfermedades.
  • Mujeres embarazadas o personas que se desplazan acompañadas de un menor de 5 años.
  • Personas con miembros inmovilizados, escayolados o con muletas.

1. Acceso al autobús de personas viajeras con movilidad reducida-PMR

  • El acceso del PMR deberá realizarse en condiciones de seguridad y comodidad, con el apoyo del personal de conducción.
  • Podrán acceder y descender del autobús por las puertas habilitadas para ello, una vez accionado el sistema de inclinación y la rampa o plataforma elevadora de acceso (para los casos necesarios) situándose en el espacio habilitado a tal fin.
  • En la Estación origen o destino se accederá al autobús a través de la dársena especial habilitada para el despliegue de la rampa.
  • Los asientos reservados para PMR podrán ser ocupados por el resto de personas usuarias cuando los viajeros usuarios de sillas de ruedas o discapacidad no lo requieran. Si estos asientos estuvieran ocupados por personas que no cedieran su plaza, el personal de conducción requerirá la utilización de los asientos para las personas usuarias.

2. Acceso al servicio de personas viajeras con movilidad reducida-PMR

  • Para la compra del título de transporte ocasional, con el fin de que la empresa pueda organizar el servicio, los viajeros usuarios de sillas de ruedas, deberán comunicarlo a la empresa operadora con 24 horas de antelación.
  • En el caso de que le viajero usuario de silla de ruedas precisase de un espacio reservado y no hubiera realizado la reserva, la empresa confirmará la posibilidad de viajar en el horario reservado o lo derivará a la expedición inmediatamente posterior.
  • Los viajeros con discapacidad tendrán las mismas tarifas y podrán disfrutar de los mismos bonos descuento que el resto de las personas viajeras.
  • Los viajeros con discapacidad podrán disfrutar de los mismos servicios/ horarios que el resto de los viajeros de la línea regular.
  • Si el viajero con discapacidad precisase de acompañamiento, para prestarle la asistencia necesaria para garantizar su seguridad y comodidad, esta será transportada de manera gratuita y a poder ser se sentará a su lado.
  • Si el viajero precisa de ayuda para la compra del billete o embarque puede solicitarla al personal de atención al cliente a través de los números de teléfono 94 427 11 11 ó 945 26 46 26 quienes gestionarán el personal de apoyo, en la hora y la expedición requerida.